En las empresas que realicen operaciones de carga, descarga y transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) y Ferrocarril (RID) es obligatorio la figura del CONSEJERO DE SEGURIDAD.
Las empresas que sean responsables de las operaciones de carga, descarga y transporte de las Mercancías Peligrosas :
- Clase 1 Materias y objetos explosivos
- Clase 2 Gases
- Clase 3 Líquidos inflamables
- Clase 4.1 Materias sólidas inflamables, materias autorreactivas y materias sólidas explosivas desensibilizadas
- Clase 4.2 Materias que pueden experimentar inflamación espontánea
- Clase 4.3 Materias que , en contacto con el agua, desprenden gases inflamables
- Clase 5.1 Materias comburentes
- Clase 5.2 Peróxidos orgánicos
- Clase 6.1 Materias tóxicas
- Clase 6.2 Materias infecciosas
- Clase 7 Materias radiactivas
- Clase 8 Materias corrosivas
- Clase 9 Materias y objetos peligrosos diversos
y materias que dañan al medio ambiente, deberán designar y notificar a la administración la identidad de su/s consejero/s y las áreas de gestión que tienen encomendadas.
Las empresas deberán remitir a la administración in Informe Anual de dichas actividades durante el primer trimestre, velar por la Formación de los Trabajadores y aplicar las normas ADR .
El CONSEJERO DE SEGURIDAD es la persona encargada de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a las operaciones de Carga, Descarga y Transporte de Mercancias Peligrosas por Carretera (ADR) y Ferrocarril (RID). Tiene una cualificación especifica y posee una titulación expedida por Ministerio de Fomento.
ECOLOGIC PARTNER pone a disposición de las empresas a través de una relación contractual a un Consejero de Seguridad ADR para que mediante visitas programadas se encargue de desarrollar e implantar las consignas y procedimientos en las operaciones de carga, descarga y transporte así como proporcionar la información necesaria.